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Implementan incremento salarial a algunos docentes y trabajadores de la salud en Cuba (+ Video)

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La Gaceta Oficial de la República publicó este 23 de abril las resoluciones 3 y 4 de 2025 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), las cuales implementan aumentos salariales a trabajadores de las escuelas ramales y centros de capacitación y a algunos trabajadores de la salud.

  • La resolución 3 de 2025 del MTSS (GOC-2025-171-O39) extiende la aplicación del pago adicional por años de servicios prestados, a trabajadores, personal docente e investigador, que incluye a los cuadros que tienen categoría docente o de investigación.
  • La resolución 4 de 2025 del MTSS (GOC-2025-172-O39) eleva para los médicos de las especialidades de Anestesiología y Reanimación, Neonatología, Medicina Intensiva Pediátrica y Medicina Intensiva Adulto, la cuantía del pago por horas en el horario nocturno y aprueba un pago por alto desempeño por las condiciones de trabajo que exige el ejercicio de las referidas especialidades.

Educación

De la resolución 3/2025: Extender la aplicación del pago adicional por años de servicios prestados a los trabajadores de las escuelas ramales y centros de capacitación, así como a los centros docentes o instituciones reconocidas legalmente como tales, subordinados o atendidos metodológicamente, por los órganos, organismos de la Administración Central del Estado, entidades nacionales, las direcciones administrativas del Poder Popular y de otras organizaciones.

Salud

De la resolución 4/2025: Aprobar para los médicos de las especialidades de Anestesiología y Reanimación, Neonatología, Medicina Intensiva Pediátrica y Medicina Intensiva Adulto que laboran en el sector presupuestado del Sistema Nacional de Salud, lo siguiente:

a) La cuantía de cien pesos (100) por hora, del pago adicional por laborar en horarios nocturnos, en el horario de 7 p.m. a 7 a.m.; incluye el sábado a partir de las 12 meridiano y el domingo a partir de las 7 a.m., en horarios diurnos.
b) Un pago por alto desempeño de veinte pesos (20) por hora, en correspondencia con las condiciones de trabajo que exige el ejercicio de las referidas especialidades.

  • Aprobar el pago adicional del coeficiente de interés económico social del cuarenta y cinco por ciento (45 %) sobre el salario escala, a los trabajadores que ocupan el cargo de asistentes de servicios de enfermería (Atención a pacientes) de los hogares de ancianos, centros médicos psicopedagógicos y hospitales psiquiátricos.

Puede ver las normas completas en el sitio gacetaoficial.gob.cu

(Tomado de Cubadebate)

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